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Comunicado a la Opinión Pública

10-05-2017

Hemos tomado conocimiento de manera oficiosa que empresas privadas y personas particulares están invitando a los ciudadanos por medio de las redes sociales a participar de jornadas de búsqueda de tesoros, reliquias y elementos relacionados a campos de batalla de la Guerra de la Triple Alianza. En relación a la situación expuesta, manifestamos cuanto sigue:

  1. Que todos los elementos relacionados a la Guerra de la Triple Alianza que están en los sitios de campos de batalla o que hubiesen ya sido extraídos de los mismos constituyen patrimonio histórico del Paraguay y por tanto están protegidos por la Ley 5621/16 (Ley de Protección del Patrimonio Cultural), y que es la Secretaria Nacional de Cultura el órgano de aplicación de dicha ley (Articulo 23). La destrucción, apropiación indebida, transformación o alteración de bienes históricos de valor patrimonial será considerado hecho punible con penas de tres a diez años de cárcel, incluido el tráfico ilícito de dichos bienes (Artículo 41).
  2. Que la remoción o alteración de dichos elementos de los campos de batalla  constituye una violación grave de la ley de Patrimonio, pues destruye de manera irreversible la posibilidad de realizar estudios científicos arqueológicos, paleontológicos y antropológicos que son necesarios para la determinación, localización por georreferenciación y reconstrucción  de los acontecimientos que allí tuvieron lugar.
  3. Que todo objeto ya removido de los campos de batalla debe, por efecto de la misma ley, ser catalogado y registrado por esta Secretaría para su protección efectiva, evitando su destrucción y tráfico, según la Convención de Unesco de 1970 que prohíbe el tráfico ilícito de Bienes Culturales.
  4. Que toda prospección arqueológica deberá someterse a la reglamentación vigente según el Protocolo Nacional de Arqueología y Patrimonio Cultural, en función a la presentación de un protocolo de intervención y la Resolución de la SNC 014/07, y requerirán indefectiblemente el acompañamiento de técnicos, y/o investigadores aprobados por la Secretaría Nacional de Cultura, sobre la base de criterios de singularidad, potencial de información científica y valor patrimonial.
  5. Que las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier sitio del territorio nacional encontraren ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico y paleontológico, ya sea relacionadas a la Guerra de la Triple Alianza o no, están obligados a denunciar de inmediato dichos hallazgos a la Secretaria Nacional de Cultura, para su catalogación, registro y protección, pues pertenecen a todo el pueblo paraguayo y su patrimonio cultural e histórico.

 

Fernando Griffith

Ministro – Secretario Ejecutivo