LEY 4070/2010
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA JUANA MARTA RODAS
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°.- Concédese pensión graciable de G. 1.700.000 (Guaraníes un millón setecientos mil) mensuales, a favor de la señora Juana Marta Rodas, con Cédula de Identidad Civil N° 1.377.038, ceramista de Itá.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada el proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a quince días del mes de abril del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a cuatro días del mes de agosto del año dos mil diez, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 211 de la Constitución Nacional.
Víctor Alcides Bogado González, Presidente, H. Cámara de Diputados
Jorge Ramón Avalos Mariño, Secretario Parlamentario
Oscar González Daher, Presidente, H. Cámara de Senadores
María Digna Roa Rojas, Secretaria Parlamentaria
Asunción, 31 de agosto de 2010
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República, Fernando Armindo Lugo Méndez
Dionisio Borda, Ministro de Hacienda