Ley 4261/2011 Que declara Patrimonio Cultural y Bebida Nacional del Paraguay al Terere

23-09-2011

LEY 4261/2011

QUE DECLARA PATRIMONIO CULTURAL Y BEBIDA NACIONAL DEL PARAGUAY AL TERERE

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY

 

Artículo 1°.- Declárase patrimonio cultural y bebida nacional del Paraguay al Tereré.

Artículo 2°.- Institúyase el último sábado de febrero de cada año como el “Día Nacional del Tereré”, con el objetivo de proteger y fortalecer la identidad nacional.

Artículo 3°.- Facúltase a la Secretaría Nacional de Cultura, a coordinar sus planes, programas y proyectos para fomentar la protección y difusión nacional e internacional del Tereré.

Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil diez, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.

Víctor Alcides Bogado González, Presidente, H. Cámara de Diputados

Jorge Ramón Avalos Mariño, Secretario Parlamentario

Oscar González Daher, Presidente, H. Cámara de Senadores

Blanca Beatriz Fonseca Legal, Secretaria Parlamentaria

 

Asunción 7 de enero de 2010

 

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

El Presidente de la República, Fernando Armindo Lugo Méndez

Luis Alberto Riart, Ministro de Educación y Cultura